Estudio Teológico Agustiniano de Valladolid

Bachillerato - Grado en Teología

Fachada

Normativa - Admisión

Bachillerato - Grado en Teología

Normas generales - Alumnos ordinarios - Alumnos oyentes

Normas generales

1. El Centro está abierto a cualquier alumno o alumna que cumpla los requisitos de admisión.

2. Los alumnos pueden ser ordinarios u oyentes.

3. Alumnos ordinarios son quienes cursan los estudios con el fin de obtener el título de Bachillerato en Teología.

4. Alumnos oyentes son quienes realizan alguna asignatura suelta sin la pretensión de obtener el título. Los alumnos oyentes no están sometidos a pruebas de evaluación, aunque pueden hacerlas si lo desean, ni tienen derecho a ningún certificado oficial de estudios. Únicamente tienen derecho a un certificado de asistencia a las asignaturas como alumno oyente, en caso de que haya cumplido con las condiciones de escolaridad, y en el que puede constar su aprovechamiento en la mismas si han realizado las pruebas de evaluación. Dicho certificado nunca será un certificado oficial de estudios que dé opción a matricularse en un Centro universitario o a convalidar dichas asignaturas en él.

Normas de admisión para los alumnos ordinarios

Para ser admitido como alumno ordinario se requiere:

1. Poseer el título de enseñanza que permite acceder a los estudios universitarios.

"Para que uno pueda ser inscrito en la Facultad con el fin de conseguir grados académicos, debe presentar el título de estudio que se requiera para ser admitido en la Universidad civil de la propia nación o de la región donde está la Facultad" (Constitución Apostólica Veritatis Gaudium, art. 32 #1).

Por ello:

a) Los alumnos españoles, o que hayan estudiado el bachillerato en España, deberán acreditar el acceso a la Universidad española, bien por la EBAU, PAU, selectividad, etc. b) Los alumnos que provengan de otros países deberán acreditar los estudios que permitan el acceso a la Universidad en su país de procedencia. No hace falta, para matricularse en el Centro, que sus estudios de enseñanza media estén homologados civilmente en España. c) Si el alumno hubiera realizado estudios universitarios eclesiásticos en cualquier lugar del mundo, sean completos o no, el acceso es automático (por ejemplo si tiene el título eclesiástico de Bachillerato en Filosofía, Baccalaureatus in Philosophia, o parte de dichos estudios). No se requiere ninguna homologación civil española de los estudios. d) Si el alumno hubiera realizado estudios universitarios civiles en cualquier país, el acceso también es automático (por ejemplo si tiene un Bachelor's degree, etc., o ha cursado parcialmente tales estudios). No se requiere ninguna homologación civil española de los estudios. e) Se pueden realizar en el Centro, de conformidad con las normas de la Facultad de Teología de Burgos, las pruebas de acceso para mayores de 25 años con validez para cursar estudios como alumno ordinario en este Centro. f) A título meramente informativo se sugiere, para estudiantes extranjeros que quieran homologar sus estudios secundarios para el acceso a la Universidad civil española, consultar la página UNEDassis. Se recuerda que no se requiere la homologación de los estudios secundarios para cursar en este Centro el Bachillerato en Teología, pero puede ser requerida si se pretende el reconocimiento civil del título como Graduado/Graduada en España.

2. Cursar sistemáticamente el Plan de Estudios según se encuentra programado.

La matrícula puede hacerse del semestre completo o de asignaturas sueltas, pero siempre conforme al orden del Plan de Estudios. Para matricularse de asignaturas en el Trienio teológico debe haberse realizado con anterioridad el Bienio filosófico o la mayoría de sus asignaturas.

3. Formalizar la matrícula y presentar la documentación según las normas establecidas por la Secretaría del Centro.

Normas de admisión para los alumnos oyentes

Para ser admitido como alumno oyente se requiere:

1. Tener estudios previos que permitan seguir las clases. Queda a juicio del Secretario del Centro la valoración de ello.

2. Matricularse en aquellas asignaturas que, a juicio del Secretario, puedan seguirse sin necesidad de haberse cursado otras asignaturas filosóficas o teológicas previas.

3. La matrícula como alumno oyente queda restringida a aquellas asignaturas en las que los profesores respectivos admitan alumnos oyentes.

4. Formalizar la matrícula y presentar la documentación según las normas fijadas por la Secretaría del Centro.