Estudio Teológico Agustiniano de Valladolid

Licenciatura - Máster en Teología Fundamental

Claustro

Normativa - Asignaturas

Licenciatura - Máster en Teología Fundamental

Escolaridad - Convalidaciones - Evaluación - Convocatorias

Escolaridad

1. Es obligatoria la escolaridad en las horas presenciales que cada profesor establezca para su asignatura en la Guía docente de la misma, según la distribución de horas de trabajo del alumno que fije siguiendo los criterios de Bolonia.

2. No asistir a más de un tercio de las horas presenciales establecidas por cada profesor en la Guía docente de la asignatura conlleva la pérdida del derecho a presentarse a examen debiendo volver a matricularse el alumno en dicha asignatura para cursarla.

3. Los profesores pueden realizar el control de la asistencia a clase según el sistema fijado por la Secretaría del Centro.

4. El Director puede, por causas excepcionales y justificadas, dispensar parcialmente por escrito de la escolaridad.

5. Cualquier dispensa parcial de escolaridad requiere la solicitud previa del alumno según las normas establecidas por la Secretaría del Centro.

Convalidaciones

1. Los alumnos pueden solicitar la convalidación de asignaturas ya realizadas en otros Centros.

2. Las solicitudes de convalidación son resueltas por el Director, una vez estudiadas y aprobadas por la Junta de Gobierno del Centro. La aprobación definitiva de las mismas requiere el refrendo de la Facultad de Teología de Burgos.

3. Son susceptibles de convalidación las asignaturas, congruentes con las impartidas en el Bienio y cursadas en los niveles de Licenciatura eclesiástica o Máster Universitario (Postgrado), en:

a) Facultades de Teología u otras Facultades de la Iglesia. b) Centros Integrados o Agregados a Facultades de Teología u otras Facultades de la Iglesia. c) Cualquier Universidad civil española o extranjera.

4. Hay que formalizar la solicitud y presentar la documentación según las normas fijadas por la Secretaría del Centro.

Evaluación

1. La Guía docente de cada asignatura establece los cristerios de evaluación en cada una de ellas.

2. El sistema de calificaciones, notas, en el Centro es el tradicional español, de 0 a 10. El aprobado es el 5, una nota menor que 5 es suspenso.

Convocatorias

1. Cada curso troncal tiene cuatro convocatorias de examen consideradas como ordinarias y una de gracia o extraordinaria.

2. La matrícula en un curso troncal da derecho a las dos primeras convocatorias sin necesidad de realizar ningún trámite más en Secretaría. La primera convocatoria ordinaria de exámenes se realiza al final de la docencia de cada asignatura, en enero o junio, según el semestre en el cual se ha cursado la asignatura. La segunda convocatoria ordinaria de exámenes tiene lugar en septiembre, al final del año académico en que se han cursado las asignaturas, en las fechas fijadas por Secretaría. Las fechas de esta segunda convocatoria de exámenes son tanto para asignaturas cursadas en el primer semestre como en el segundo.

3. Si no se presenta o se suspenden las dos primeras convocatorias, el alumno debe matricularse de nuevo en el curso troncal la siguiente vez que se imparta. Las respectivas convocatorias, de enero o junio y de septiembre, constituyen la tercera y cuarta convocatoria de la asignatura.

4. La quinta convocatoria, extraordinaria o de gracia, ha de ser solicitada por escrito en Secretaría a la Dirección del Centro que fijará la fecha del examen para la misma de acuerdo con el interesado y el profesor de la asignatura. El alumno puede solicitar a la Dirección del Centro que nombre un tribunal constituido por tres profesores, incluido el profesor de la asignatura, para que evalue su conocimiento de la materia. El alumno puede solicitar la convocatoria extraordinaria aunque no haya agotado las ordinarias, bien entendido que dicha convocatoria es la última y una vez realizada ésta se pierde el derecho a cualquier nueva posibilidad de examen.

5. Si después de las cinco convocatorias el alumno no aprueba un curso troncal, ya no tiene más posibilidades de examen.

6. Los cursos monográficos y seminarios disponen sólo de dos convocatorias, la de febrero o junio y la de julio. Si no se presenta o no aprueba en ninguna de ellas, el alumno deberá realizar, respectivamente, otro curso monográfico o seminario para completar los créditos que correspondan.